domingo, 11 de noviembre de 2012

Derecho Musulmàn

El derecho musulmán es el derecho de una comunidad de fieles, comunidad que profesa la fe islámica. La religión islámica tiene su base geográfica en Arabia, su soporte religioso-ideológico en el Corán y su fundador fue Mahoma.  El derecho musulmán es una de las facetas de la religión del Islam, la que comprende dos elementos que son los dogmas que fijan las creencias musulmanas y el camino a seguir, lo que se debe o no hacer. El fiqk es una palabra con la cual se designa una parte de la ley del Islam, el char o char’ia.  En la char’ia entran las normas que se refieren al dogma, rito, la moral, al derecho privado y parte del derecho público.
En el campo del fiqk no están incluidas algunas partes del derecho privado y tampoco algunas materias del derecho público; se ha formado y desarrollado por intermedio de los doctores ya que el soberano carece de facultad para legislar. El derecho musulmán tiene como fundamento el Corán, texto sagrado que fue transmitido a Mahoma en la Meca y en Medina, con la finalidad de que el profeta predicara la nueva religión y reestructurara la forma de vida y de sociedad de los fieles, modificándose el concepto de legislación, ésta ya no representaba la manifestación de la voluntad del pueblo o del soberano, sino la voluntad de Dios.
La ley debía ser entendida como un deber civil y religioso, inseparables, que todos los musulmanes deben cumplir independientemente del lugar en donde se encuentren y del soberano que dependan. En los Estados musulmanes hay poca cabida para una legislación estatal.
De acuerdo con las concepciones occidentales sobre el Estado, que es considerado como organización política de la sociedad, en los Estados Musulmanes tienen una estructuración totalmente teocrática en sus inicios, en donde la religión concurre con el andar político del Estado de manera conjunta sin verse distanciado uno del otro.
Esto lleva a que la Shari`ah que está constituida en base a fuentes reveladas divinamente su carácter coercitivo sea básicamente espiritual, el cual a lo largo de la historia ha sido un elemento legitimador del poder político.
Como ya se dijo la religión en el Estado Musulmán, adquiere no solo el carácter de religión oficial sino que en ella se encuentra la razón de ser del Estado mismo, todas las funciones Estatales son derivadas de la estructura religiosa, que está basada en la norma divinamente revelada, que no da lugar a la proposición humana, y en la que los fieles o seguidores solo tienen un carácter de hacedores de las disposiciones divinas, nunca como creadores de las nuevas leyes, de ahí que la función legislativa en el derecho Musulmán, este única y exclusivamente reservada al ante Divino.
Dentro de las atribuciones con las que contaba el profeta Mahoma como jefe de Estado, se encontraba ser el juez máximo. Cabe mencionar que el profeta contaba con la legitimación de ser él quien era al que eran reveladas las disposiciones divinas, de ahí que fuera el más apto para ser jefe de Estado.
En la figura del profeta se fijó una autoridad moral y religiosa, política, militar y jurídica. Después de la muerte del profeta era una situación compleja determinar quién habría de ser el líder sobre el que recaería la figura del Califato, quien es el que concentra la figura de autoridad terrena, con las funciones administrativas y judiciales, debido a la alta calidad de los requisitos para serlo, derivado de la manifestación de la conducta del profeta.
Por medio de guerras pasa a la figura del Califa Abu Bakr; después de la muerte de este último lo sucede Umar ibn al-khattab, estos dos califas, elegidos por un grupo de musulmanes conformado por compañeros del Profeta, llamado Shura.
Después de ellos sucede un desacuerdo porque de acuerdo a la tradición el ultimo Califa carecía de la autoridad moral para ostentar el cargo y es así que se levanta una familia acaudalada de la Meca quienes conformarían después la Dinastía  Omeya.
Esta familia tenía como principal enfoque centralizar el poder político y formalizar el aparato burocrático. Con ello se instaura la dinastía hereditaria en el Islam. Y muy importante ya no hacen parte a la religión del que hacer público, sino lo reservando de manera muy discreta al ente privado.
Durante el imperio Omeya se presenta una expansión territorial y el poder político se traslada de la Meca a Damasco en Siria.
La Dinastía Omeya no fue bien vista ya que como no consideraba que la practica de la vida religiosa fuera el punto central sino la dirección política y la organización administrativa, contó con el descredito de los fieles y fue así que los grupos opositores se hicieron notar como los Ibadies, los Shiies y los Zaidies, quienes consideraban que la figura del califato no tenía que estar reservada únicamente para los descendientes de la dinastía sino a cualquiera que manifestara una conducta calificada con alta moral y apegada al Corán.
La Dinastía Omeya es derrocada por el Imperio Abasi, con el cual se presenta el periodo del Islam clásico.
Bajo los Abasies el sistema de justicia estaba a cargo de un Cadì o juez, que a la vez era ayudado por un muftí, quienes eran expertos en derecho que realizaban escritos a manera de resoluciones.
Durante la época abasi se desarrolló un sistema judicial, en el que paralelamente a la existencia de los tribunales de la Sharia, que se ocupaban de aspectos  de derecho de familia, derecho penal, contratos, cumplimiento de las reglas ibadat, existían también tribunales seculares que dependían directamente del Califa.

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